NOTICIAS INMOBILIARIAS
FERIA DE ANTICUARIOS EN EL BARRIO DE LAS LETRAS
El Barrio de Las Letras se confirma como el barrio con mas arte y cultura de Madrid , el primer fin de semana de octubre, junto con la revista Nuevo Estilo se ha celebrado la feria de anticuarios mas importante de Madrid, contando en su inicio y pregon con el alcalde de Madrid y su equipo de gobierno.
Se establece el barrio como uno de los mejores barrios residenciales en el centro de nuestra ciudad, con calles semipeatonales con acceso restringido al trafico, unicamente para residentes , con las tiendas mas innovadoras (anticuarios, muebles, galerias de arte,etc) , los mejores restaurantes, principales museos y teatros, junto a una arquitectura compuesta por edificios emblematicos de la ciudad sumamente protegidos, haciendo del Barrio de Las Letras el barrio mas vanguardista de Madrid, y que adquiere una calidad de vida envidiable para sus vecinos. Desde nuestra pagina les invitamos a que paseen por esta zona y quedaran encantados con el Barrio de Las Letras.
DESGRAVACION POR COMPRA DE VIVIENDA
El 1 de enero de 2011 se reducen las desgravaciones por vivienda para algunos compradores, pero su efecto no será igual para todos. con ayuda de una serie de artículos, en este especial te mostramos cómo puede afectarte. la norma general habla de los ingresos, así:
1) quienes tengan una base imponible inferior a 17.724,90 euros no notarán ningún cambio y seguirán con la desgravación como hasta ahora aunque compren vivienda a partir de 2011
2) quien tenga una base imponible que supere los 24.107,20 euros sí sufrirá el fin de la desgravaciónpor vivienda en 2011, ya que no podrá obtener deducciones al comprar su casa
3) quienes compren casa y estén entre ambos rangos de ingresos, es decir, entre 17.724,90 euros y 24.107,20 euros tendrán derecho a la deducción pero no al 100%, sino que variará de forma lineal en función de su base imponible y según la ecuación: 9.040 euros - (1,4125 x (base imponible - 17.707,20 euros)
la propuesta lleva meses dando vueltas, pero aún genera numerosas dudas que trataremos de resolver en este especial dedicado exclusivamente al fin de la desgravación por vivienda, también conocido como efecto 2011
El Congreso aprueba la ley que regula el 'desahucio exprés
El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó ayer definitivamente la ley de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler y la eficiencia energética de los edificios, que plantea el desahucio en un plazo "no superior a 15 días y sin ulteriores trámites", en el caso de que los inquilinos no cumplan con el plazo pactado para el desalojo voluntario tras la sentencia judicial pertinente.
No obstante, no se establece ningún plazo máximo para el desalojo voluntario, que puede prolongarse incluso a un año, desde un plazo mínimo de 15 días. Además, si con anterioridad de la fecha fijada para el lanzamiento se entrega la cantidad debida al demandante, se dictará auto declarando ejecutada la sentencia, a no ser que el demandante decida lo contrario.
Este texto refundido integra el proyecto de ley de fomento del alquiler de viviendas aprobada por el Gobierno a finales de 2008 y la proposición de ley de CiU de modificación de la Ley Orgánica de Enjuiciamiento Civil.
Así, modifica la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) extendiendo los supuestos en los que no procede la prórroga obligatoria del contrato de alquiler, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la firma. Además de los casos en los que el arrendador necesite la vivienda para los padres e hijos, también se contempla a los ex cónyuges como "familiares directos".
Si antes de tres meses no se produjera esta ocupación, el arrendador estará obligado a reponer al arrendatario el uso de la vivienda, e indemnizarle por los gastos del desalojo. Al tiempo, en garantía de la seguridad jurídica, se prevé que tal circunstancia deberá hacerse constar expresamente en el contrato de arrendamiento inicial.
Posibilidad de pacto entre arrendador y arrendatario
La norma admite que todas las acciones relativas al desalojo de los inquilinos, tanto de desahucio como de reclamación de rentas, se tramiten en juicio verbal, un procedimiento más rápido y sencillo, que permitirá al Tribunal dictar sentencia en cinco días en los casos de desahucio de la finca urbana.
El proyecto prevé además la posibilidad de que las partes puedan llegar a un pacto durante el proceso, de modo que el propietario puede asumir el compromiso de condonar al inquilino total o parcialmente la deuda, a cambio del desalojo voluntario del inmueble.
De la misma forma, se reduce de dos meses a un mes el plazo que debe transcurrir entre el momento en que el arrendador interpone un requerimiento al inquilino por el impago de rentas y la presentación de la demanda.